¿Formamos equipo para alcanzar tus objetivos?

 

La Alianza de Coaching

 

¡El Coaching es un trabajo en equipo! Y este equipo lo forman dos personas: El Coach o facilitador del proceso, y el Coachee -con dos e´s- o cliente, quien es el protagonista del cambio que se va a implementar. Parafraseando el eslogan de un añorado programa infantil de TV, “¡solo no puedes, con tu Coach sí!”

 

 

Para dar comienzo correctamente a todo proceso de Coaching, el coach y su cliente parten de un acuerdo en el cual se definen los lineamientos del proceso, los protocolos que se van a seguir, y las responsabilidades que asumen cada una de las partes para que alcanzar el objetivo.

 

 

Este acuerdo, que se presenta y formaliza durante la 1ª sesión del proceso, recibe el nombre de Alianza de Coaching, y en él se maneja la siguiente documentación estándar:

 

  1. En primer lugar una nota de bienvenida al proceso de Coaching para el cliente.
  2. En segundo, el documento básico de Acuerdo de Coaching, que comprende los siguientes apartados, según el modelo estándar de la ICF (International Coach Federation): Datos de contacto del cliente, nota explicativa de su compromiso como tal, naturaleza del proceso de Coaching, duración y finalización de éste, periodicidad y duración de las sesiones, procedimiento para implementarlas , reglas y procedimiento para el cambio del día y la hora previamente fijados para las sesiones, disponibilidad y ayuda entre sesiones, comunicación sincera entre Coach y Coachee, estructura de la sesión y requisitos a cumplir, pago de honorarios, menciones a la confidencialidad del proceso y al Código Deontológico del Coach, y por último firma de cada una de las partes para hacer válido el acuerdo.
  3. En tercer lugar el Acuerdo de Confidencialidad desarrollado en todos sus puntos, el último de los cuales remite a la jurisdicción competente, por razón de territorio, en caso de desacuerdo o pleito entre las partes, con la consabida firma al final del documento por parte del Coach y el Coachee.
  4. En último lugar, el documento de presentación del Código Deontológico de la ICF, o de la asociación profesional de Coaching a la cual se haya adherido el Coach; en el caso de un servidor, el Código Ético de la AIDCP (Asociación De Coaches Profesionales).

 

Este es el Código Deontológico de la ICF:

 

  1. Me comportaré de manera que honre el Coaching como profesión y me abstendré de realizar cualquier acto que pueda perjudicar la comprensión o el reconocimiento del Coaching como tal.
  2. Especificaré de manera detallada mi capacidad como Coach sin sobrestimar mi formación y mi experiencia como tal.
  3. Me aseguraré que mi cliente entiende la naturaleza del Coaching, así como las cláusulas del acuerdo de Coaching existente entre nosotros.
  4. No daré intencionadamente ideas equivocadas ni crearé falsas expectativas sobre los resultados que mi cliente pueda observar a través del proceso de Coaching o a través de mis servicios como Coach.
  5. Respetaré la confidencialidad de la información facilitada por mi cliente a no ser que éste autorice lo contrario o que sea requerido por ley.
  6. Obtendré autorización expresa de cada uno de mis clientes antes de revelar sus nombres como clientes o referencias de otro tipo de información que los identifique como tales.
  7. Identificaré el momento en que mi cliente deje de beneficiarse de nuestra relación de Coaching o pueda recibir mejor ayuda a través de otro Coach o de otros recursos y en este caso animaré al cliente a realizar este cambio.
  8. Intentaré evitar conflictos entre mis intereses y aquellos de mis clientes.
  9. En caso de existir conflicto de intereses lo expondré abiertamente y discutiré con mi cliente como resolverlo de manera que mejor le beneficie.
  10. Revelaré a mi cliente cualquier compensación que pueda recibir de terceras partes por referencias o consejos en relación con el cliente.
  11. Respetaré los acuerdos que realice en mis relaciones de Coaching y construiré acuerdos claros que pueden incluir informes confidenciales o de progreso. Toda persona involucrada en el proceso de Coaching, antes de revelar cualquier información, tendrá que obtener el expreso consentimiento de la persona que recibe el Coaching.
  12. No proporcionaré a mis clientes, actuales o potenciales, ninguna información o consejo que no sea cierto o que este más allá de mi capacidad profesional.
  13. Respetaré y reconoceré los esfuerzos y contribuciones de los demás.
  14. Respetaré la creatividad y el trabajo escrito de los demás en el desarrollo de mis propios documentos.
  15. Utilizaré los contactos de los miembros de ICF (correo electrónico, direcciones, teléfonos) únicamente en el modo y la medida especificados por ICF.

 

 

Aquí te presento el Código Ético de la AIDCP (apartado de Competencias y Deberes), al cual me adhiero:

 

  1. Incorporar a su práctica y cumplir la Visión de Ética Profesional definida por la AIDCP.
  2. Ofrecer sus servicios profesionales basado en una capacitación y experiencia que esté acorde a las necesidades del cliente.
  3. Valerse sólo de las acreditaciones correspondientes sin hacer uso de acreditaciones o títulos que no le hayan sido otorgados.
  4. Respetar las leyes de su país y las leyes internacionales cuando fuese el caso.
  5. Respetar la relación con sus clientes y no hacer mal uso de su posición en lo personal, financiero, sexual o emocional.
  6. Mejorar su preparación y experiencia para superar las expectativas de sus clientes y las suyas propias.
  7. Asegurarse de que sus clientes comprendan y acepten los términos de sus acuerdos de Coaching en cuanto a las expectativas, desarrollo, precio y planes de contingencia.
  8. Ofrecer sesiones de Coaching que permitan crecimiento personal y aprendizaje.
  9. No realizar competencia desleal denigrando el buen nombre de sus colegas o restándoles crédito y/o prestigio.
  10. Contribuir con su ejemplo y sus actos al desarrollo del Coaching y al buen nombre de la profesión.
  11. Guardar respeto por sus clientes y sus colegas tanto de forma pública como privada.
  12. Respetar y hacer respetar el presente código de ética.

 

 

Puedes encontrar más información en el siguiente enlace: http://www.aidcp.com/

 

Una vez presentado y formalizado con las firmas correspondientes del Coach y el Coachee, puede dar comienzo oficialmente el proceso de Coaching; éste puede ser de carácter individual, es decir, con una única persona como cliente; grupal, cuando son varias las personas que participan como clientes, cada una de ellas con objetivos diferentes pero afines para el proceso; y finalmente de equipo, cuando es un conjunto de personas vinculadas a un único departamento o sección dentro de una organización, las cuales comparten un único objetivo como tal, estando los diferentes objetivos individuales totalmente supeditados al del equipo.

 

 

Como último punto de este artículo deseo hacer hincapié en la actitud, tanto del Coach como de su cliente, como requisito imprescindible para alcanzar el objetivo del proceso.
A este respecto se afirma habitualmente que el éxito de todo proceso de Coaching depende de un 50% del Coach y en el restante 50% del cliente o Coachee; sin embargo, mi propia experiencia como Coach me dice que el cliente es responsable hasta en un 80% del éxito final.
Significa que un equipo formado por un coach mediocre con un cliente realmente comprometido, tendrá siempre más posibilidades de alcanzar el objetivo con éxito que otro equipo entre un coach serio, profesional y eficaz y un cliente falto de verdadero compromiso.

 

 

Te invito a leer los siguientes artículos, publicados con anterioridad en este blog, para ampliar y profundizar tu información sobre el Coaching y su funcionamiento:

¿Te gustaría descubrir tus mejores talentos y capacidades?

¿Quieres crecer como profesional? ¡Sigue estos 4 pasos!

¡Apunta a la diana del éxito!

 

Manuel Marques Robles

Coach y Mentor del Camino del Héroe

 

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